Suma de dinero adicional al salario base, de carácter temporal, que como contraprestación institucional se le reconoce al funcionario, únicamente cuando:
a) Ejecute actividades diferentes a las tareas propias de su cargo sin descuidar las actividades ordinarias de contratación.
b) Ejecute mayor volumen de actividades, deberes y responsabilidades propias de su cargo, en situaciones especiales o de urgencia.
Para este reconocimiento los funcionarios deberán presentar:
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