DEFINICIÓN:
Es la instancia técnica responsable de diseñar, proponer, gestionar y evaluar la estructura ocupacional y salarial de la Universidad Nacional. Debe velar porque se mantenga un adecuado equilibrio salarial interno en el sistema, analizando y aplicando los instrumentos técnicos de valoración que definan con equidad la ubicación de los perfiles de cargos en las categorías salariales. Asimismo, le corresponde realizar análisis salariales a nivel del mercado laboral, para determinar la situación de la Universidad y recomendar las medidas y ajustes necesarios que aseguren un adecuado equilibrio salarial externo y brindar asesoría necesaria a las autoridades universitarias en esta materia.
FUNCIONES:
• Establecer una estructura ocupacional en congruencia con los procesos institucionales aplicando el enfoque por competencias, para el ordenamiento de los cargos de apoyo a la gestión administrativa.
• Actualizar la estructura ocupacional y salarial, con base en la normativa institucional y los procedimientos internos para mantener su consistencia interna y externa.
• Asesorar a las instancias universitarias en materia de análisis ocupacional y sistema de incentivos salariales para la toma de decisiones.
• Tramitar solicitudes de incentivos y beneficios salariales, según la normativa y procedimiento para determinar su respectiva viabilidad.
• Elaborar propuestas de políticas, reglamentos, procedimientos e instructivos según el ámbito de competencia.
PROCESOS:
Los procesos que se desarrollan dentro del Área de Organización del Trabajo, Clasificación y Valoración de Cargos son los siguientes:
1. ADMINISTRACIÓN SALARIAL:
Nuestra área emite criterios técnicos para otorgar el ingreso y la prórroga a compensaciones salariales varias, las cuales se detallan a continuación:
{accordion title="Régimen de Prohibición"}
El régimen de prohibición en la Universidad Nacional se entenderá como la inhabilitación para el ejercicio liberal de la profesión o las profesiones al personal incluido expresamente en el ordenamiento jurídico emitido para tal efecto, de manera que puedan dedicar sus servicios exclusivamente a la gestión académico- administrativa, a cambio de una remuneración económica establecida porcentualmente sobre el salario base de la respectiva categoría salarial.
De la prohibición anterior se exceptúa la docencia en centros de enseñanza superior estatal hasta por un máximo de diez horas semanales. La misma podrá ejecutarse, fuera de la jornada ordinaria.
Los cargos incluidos en el presente régimen son:
- Rectoría
- Rectoría Adjunta,
- Vicerrectoría de Administración,
- Dirección del Programa de Gestión Financiera,
- Jefatura de la Sección de Tesorería, y,
- Otros cargos que el Consejo Universitario considere pertinente incorporar mediante resolución.
Para el caso de los cargos indicados en los incisos a), b) y c), se les podrá reconocer la compensación económica por prohibición, si y solo si cumplen con el requisito que les limite el ejercicio de una profesión liberal.
Se exceptúan los cargos de Contralor y Subcontralor Universitario, Auditores y Director de Proveeduría por estar regulados en las siguientes leyes: Ley General de Control Interno y la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública.
El porcentaje de este régimen se otorgará de la siguiente manera, según el requisito académico exigido por el cargo:
1. Un 30%:
- Personal administrativo: profesionales con grado académico mínimo de licenciatura.
- Personal académico: Con grado académico mínimo de posgrado.
2. Un 15% a profesionales con el grado académico de bachiller universitario.
El personal que ingresó al régimen de prohibición previo a la publicación de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley N°9635, de 3 diciembre de 2018, conservará el porcentaje del 65%, siempre y cuando exista continuidad laboral.
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{accordion title="Régimen de Disponibilidad Laboral"}
Reconocimiento o compensación salarial asignado al funcionario que desempeña un cargo a nivel profesional o técnico, que por la naturaleza de las funciones de su cargo tenga que estar a disposición de la Universidad para cumplir con su trabajo fuera de su jornada ordinaria, en períodos de descanso o receso institucional; cuando estos servicios resulten de imperiosa necesidad, por la naturaleza de las tareas, cuando ocurra un percance, emergencia o cuando las circunstancias de trabajo así lo exijan. La misma será:
Para que un funcionario se le pueda reconocer la disponibilidad deberá presentar:
a) Solicitud con la recomendación del Consejo Directivo de su unidad académica o director del área administrativa ante la Vicerrectoría correspondiente.
b) Justificar en forma detallada las funciones por las que amerita se otorgue el reconocimiento, incluyendo el señalamiento del período por el que se solicita el mismo, o bien la regularidad con que se presentan los eventos que originan este reconocimiento.
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{accordion title="Sobresueldos"}
Suma de dinero adicional al salario base, de carácter temporal, que como contraprestación institucional se le reconoce al funcionario, únicamente cuando:
a) Ejecute actividades diferentes a las tareas propias de su cargo sin descuidar las actividades ordinarias de contratación.
b) Ejecute mayor volumen de actividades, deberes y responsabilidades propias de su cargo, en situaciones especiales o de urgencia.
Para este reconocimiento los funcionarios deberán presentar el formulario respectivo.
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{accordion title="Régimen de Dedicación Exclusiva Administrativa"}
El Régimen de Dedicación Exclusiva Administrativa, se entenderá como la compensación económica por un periodo definido reconocida al personal administrativo para que no ejerza de manera particular, sea en forma remunerada o ad honorem, la profesión para la cual la institución lo contrató en el sector público o privado, por un periodo definido, con las excepciones que se establecen en el reglamento.
El régimen es de naturaleza contractual; pero potestativo para la institución, de tal forma que solo se aplicará en aquellos casos en los que la universidad identifique la necesidad de que quien ejerza un cargo profesional se desempeñe en ese puesto de manera exclusiva y siempre que la persona cumpla con los otros requisitos establecidos en el reglamento.
El reconocimiento solo se pagará previa suscripción de un contrato entre el servidor y la Rectoría o con quien esta delegue.
Para acogerse a este régimen, los funcionarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Laborar a tiempo completo para la Universidad Nacional.
- Ocupar un puesto para el cual se requiera el grado académico mínimo de bachillerato, licenciatura o grado superior universitario. Para el caso del grado académico de bachiller aplicará lo dispuesto en el artículo 2, inciso c), del reglamento respectivo.
- Estar incorporado en el colegio profesional respectivo; lo anterior en caso de que dicha incorporación gremial exista y que sea exigida como una condición necesaria para el ejercicio liberal.
- El Programa Desarrollo de Recursos Humanos efectuará la determinación correspondiente de los cargos susceptibles de ser adscritos al régimen, según lo establecido en los artículos 1 y 2 del reglamento respectivo.
El reconocimiento que brinda la Universidad Nacional es el siguiente:
- Un 10% sobre el salario base en aquellos casos en los que el requisito del cargo sea grado académico de bachillerato.
- Un 25% sobre el salario base en aquellos casos en los que el requisito del cargo sea grado académico de licenciatura o superior.
DESCARGAR DOCUMENTOS Dedicación Exclusiva
-
Reglamento de Dedicación Exclusiva para el Personal Administrativo de la Universidad Nacional
-
INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD DE INGRESO AL RÉGIMEN DEDICACIÓN EXCLUSIVA ADMINISTRATIVA
- Contrato Dedicación Exclusiva Administrativa para el Sector Administrativo
{accordion title="Reconocimiento de Complemento Profesional"}
El complemento profesional se eliminó mediante acuerdo del Consejo Universitario SCU-1097-2015 del 11 de agosto de 2015, publicado en Gaceta Ordinaria N° 15-2015 al 17 de agosto del 2015 y pasó a formar parte de la base salarial a partir de los cargos profesionales. Sin embargo, se mantiene en los casos que venían gozando de este incentivo antes de la publicación del acuerdo precitado por haberlos adquirido de buena fe, cuyos porcentajes correspondían a los siguientes:
7.5% Bachillerato
15% Licenciatura
DESCARGAR DOCUMENTO RECONOCIMIENTO DE COMPLEMENTO PROFESIONAL (Acuerdo del Consejo Universitario SCU-1097-2015 del 11 de agosto de 2015, publicado en Gaceta Ordinaria N° 15-2015 al 17 de agosto del 2015).
{/accordions}
2. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Integra al talento humano con la tecnología, los medios de trabajo y los materiales en el proceso de trabajo (productivo, de servicios, formación o conocimientos), mediante la aplicación de métodos y procedimientos que posibiliten trabajar de forma racional, armónica e ininterrumpida, con niveles requeridos de seguridad y salud, exigencias ergonómicas y ambientales, para lograr la máxima productividad, eficiencia, eficacia.
En armonía con la definición anterior, nuestra área ejecuta las siguientes actividades:
{accordion title="Validación del número de plaza designado por el sistema SIGESA"}
Designación de una plaza con contenido presupuestario avalado, en un perfil de cargo existente en la estructura ocupacional.
Corresponderá a la persona funcionaria que realiza funciones de asistencia administrativa en las unidades ejecutoras crear la plaza en el módulo de plazas del Sistema de Gestión Administrativa (SIGESA), en seguimiento al flujo existente.
{/accordions}
3. CLASIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE PUESTOS:
Método para analizar y ordenar en forma sistemática los diferentes tipos de cargos en macroprocesos, estratos y niveles, considerando las funciones, responsabilidades y otras características del cargo.
En armonía con la definición anterior, nuestra área ejecuta las siguientes actividades:
{accordion title="Asignación de cargos administrativos"}
Creación de un puesto nuevo en la estructura ocupacional vigente. La asignación se realiza una única vez y puede ser modificado o inactivado de la estructura mediante el procedimiento respectivo.
Para este estudio las personas funcionarias deberán presentar:
DESCARGAR DOCUMENTO ASIGNACION DE CARGOS ADMINISTRATIVOS
{accordion title="Creación de Perfiles de Cargos Administrativos"}
Diseño de perfiles de nuevos puestos que se incorporan en la estructura ocupacional.
Para presentar la solicitud los funcionarios deberán presentar:
DESCARGAR DOCUMENTO Formulario Caracterización de Cargo
{accordion title="Estudios de Capacidad Instalada"}
Se efectuará de oficio o a solicitud del Director de la Unidad Ejecutora, para determinar la cantidad de plazas con respecto a la demanda de trabajo.
Para este estudio las personas funcionarias deberán presentar:
DESCARGAR DOCUMENTO:
{accordion title="Análisis Ocupacional"}
Corresponde al análisis de demanda y capacidad instalada así como, la clasificación y valoración de los cargos ubicados en las áreas de estudio.
a) Estudio de clasificación y valoración individual de un cargo:
Es el acto por el cual se procede a revisar la clasificación, valoración o ambos componentes para un solo cargo específico.
Se solicita según los siguientes criterios:
El Director de la unidad ejecutora, solicita los estudios ocupacionales y salariales, con el fin de mantener actualizada la estructura ocupacional y salarial administrativa de la Institución, considerando las siguientes condiciones:
a. Siempre y cuando el cargo no sea objeto de estudio en un proceso de reestructuración.
b. Variación permanente en las funciones del cargo que generen nuevos resultados.
c. Cambios en la normativa.
No aplica cuando se presenten alguna de las siguientes condiciones:
a. Cuando el cargo esté ubicado en un proyecto, programa o actividad temporal
b. El tipo de plaza sea de servicios específicos tomando contenido de otros cargos
c. Aumento en el volumen de trabajo con funciones y actividades del mismo nivel del cargo o de menor nivel.
d. Cambios tecnológicos en los procesos de trabajo
No obstante, ningún cargo podrá ser revalorado o reasignado, antes de haber transcurrido dos años, contados a partir de la resolución oficial del anterior estudio, o en caso de no haber disponibilidad presupuestaria.
Para este estudio los funcionarios deberán presentar:
b) Estudio de clasificación y valoración parcial de cargos:
Es el acto por el cual se procede a revisar la clasificación, valoración o ambos componentes, para una determinada unidad ejecutora, macroproceso, proceso o estrato.
Se solicita según los siguientes criterios:
El Director de la unidad ejecutora, solicita los estudios ocupacionales y salariales, con el fin de mantener actualizada la estructura ocupacional y salarial administrativa de la Institución, considerando las siguientes condiciones:
a. Siempre y cuando el cargo no sea objeto de estudio en un proceso de reestructuración.
b. Variación permanente en las funciones del cargo que generen nuevos resultados.
c. Cambios en la normativa.
No aplica cuando se presenten alguna de las siguientes condiciones:
a. Cuando el cargo esté ubicado en un proyecto, programa o actividad temporal
d. El tipo de plaza sea de servicios específicos tomando contenido de otros cargos
e. Aumento en el volumen de trabajo con funciones y actividades del mismo nivel del cargo o de menor nivel.
f. Cambios tecnológicos en los procesos de trabajo
No obstante, ningún cargo podrá ser revalorado o reasignado, antes de haber transcurrido dos años, contados a partir de la resolución oficial del anterior estudio, o en caso de no haber disponibilidad presupuestaria.
c) Estudio integral de cargos:
Es el conjunto de acciones mediante las cuales se revisa la totalidad de los cargos que cubre el sistema de clasificación y valoración. Serán programadas para ejecutarse dentro del período que defina el Consejo Universitario.
El Consejo Universitario será el que solicite este tipo de estudio.
DOCUMENTOS DE CONSULTA:
ANÁLISIS OCUPACIONAL
Ver/Descargar: http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8509/browse?type=title
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DOCUMENTOS DE CONSULTA:
Compendio de perfiles de cargos administrativos
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8755/browse?type=title
Índice salarial
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/9380/browse?type=title
Escalas salariales
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8541
Diccionario de Competencias
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8513/browse?type=title
Lineamientos técnicos para las revisiones de cargo
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8517/browse?type=title
Presentación del Catálogo de Conocimientos
http://www.documentos.una.ac.cr/handle/unadocs/8520